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  • Condado del registrador del vendedor de Stanislaus y del secretario de votantes

 
 

PREGUNTAS y CONTESTACIÓNES SOBRE EL REGISTRO DEL VOTANTE    

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Para la informacion adicional vea 'Informacion del Registro del Votante' sobre este sitio.

PREGUNTAS SOBRE VOTO POR CORREO/BALOTAS DE AUSENTE

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Para informacion adicional vea "Votar Ausente'.

PREGUNTAS SOBRE LA VOTACION

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PREGUNTAS SOBRE SERVICIOS MULTILINGUES

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PREGUNTAS SOBRE VOTANTES CON INHABILIDADES

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?Soy fisicamente desafiao/incapacitado cuales opciones estan disponibles para el votante?

Para informacion adicional tocante 'Para Votantes con Inhabilidades'.

PREGUNTAS SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE OFICINA

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INFORMACIÓN MISCELÁNEA

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NÚMEROS IMPORTANTES DE CONTACTO  [Vuelta a las opciones principales de la pregunta]

Secretaria de California del Estado  

800-345-VOTE

Secretario del Condado de Stanislaus de Votantes (Ingles) 

209-525-5200

    (Español)  

209-525-5230

Dispositivo de teléfono: para sordo, TDD  

209-525-5245

     
 
PREGUNTAS SOBRE EL REGISTRO DEL VOTANTE

P: ¿Quién puede registrarse para votar?
C: Usted puede registrarse para votar si usted resuelve todos los criterios siguientes:

  • Es ciudadano de los Estados Unidos;
  • Es residente de California;
  • Tiene por lo menos 18 años de la edad en fecha del día de la elección siguiente;
  • No estar en la prisión o en parole por la convicción de un crimen; y
  • No declarado ser mentalmente incompetente por una corte.

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P: ¿Cuándo puedo registrarme para votar?    
C: No hay período de espera, usted puede registrarse o re-registarse a toda hora. Para ser elegible para votar en una elección usted debe haberse registrado 15 días antes de la elección.

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P: ¿Cómo puedo conseguir una forma para registrarme para votar?     
C: Usted puede registrarse para votar:

  • Por correo: Formas de registro por correo están extensamente a lo más en los edificios disponibles del condado, las oficinas de correos, bibliotecas, pasillos de ciudad, parques de bomberos, departamento y oficinas públicas de ayuda (CSA, WIC) y departamento de Vehículos de Motor (DMV).

  • Por el teléfono: Llame la oficina del Secretario del Condado 209-525-5200 o 209-525-5230 para ayuda en Español; 209-525-5245 (dispositivo de teléfono para sordo, TDD).

Las formas de registro también están  disponibles llamando: Secretaria de California de la oficina del estado al 1-800-345-VOTE.

  • En persona: Vaya a la oficina de las elecciones del condado de Stanislaus;
  • En la oficina de cualquier Secretario del Condado de la ciudad en el acontecimiento del registro del estado o del condado o del votante dondequiera en California;
  • En el departamento de Vehículos de Motor (DMV): Complete una forma de registro del votante al solicitar o renovar su licencia de conductor de California o tarjeta de identicacion; o

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P: ¿Puedo registrarme para votar en mi dirección comercial o puedo utilizar mi número de la caja postal P.O.?
C: No.  Una persona puede registrarse solamente para votar en su domicilio. Una dirección comercial o un número de caja postal P.O. se puede utilizar solamente como una dirección del correo.

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P: ¿Cuándo es necesario re-registrarse?
C: Cuando usted se mueve, cambie su nombre o, deseo para cambiar su afiliación política de partido. Su registro de votante debe reflejar siempre su dirección actual de la residencia para asegurarse de que usted recibe el material correcto en la balota con respecto a los candidatos y a las medidas sobre quienes usted puede votar.

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P: ¿Qué si apenas me moví y no me re-registrado? ¿Seré elegible votar?
C: Si esta registrado dentro del condado de Stanislaus y fueron movido previamente dentro de las fronteras del condado, usted puede votar en su casillas electoral de su nueva dirección. Usted debe traer su licencia de conductor de California o su tarjeta de identificación del estado de California con su dirección o DOS actuales de las formas siguientes de identificación que incluyen su nombre y dirección actual de la residencia:

  • Correo enviado al votante en su dirección actual de su residencia
  • Bil de utilidadea
  • Cuenta de tarjeta de crédito
  • Identificación militar
  • Tarjeta o tarjeta de estudiante honorario de la universidad 
  • Tarjeta de identificación
  • Acuerdo de arriendo
  • Declaración de la hipoteca
  • Declaración de taxas de propiedad
  • Pruebas de Income Tax
  • Cuenta bancaria 
  • Copia de cheque o nota de deposito de cheque de su cuenta de banco
  • Registro de vehículo
  • Declaración jurada de otro votante en el recinto, indicando que él o ella sabe y puede identificar la persona que está procurando votar y atestiguar al nombre y a la dirección de la residencia de la persona que procura votar. Esta declaración jurada se debe dar en presencia de un oficial de la elección en su casilla electoral.

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P: No voté en la elección pasada. ¿Necesito re-registarme?
C: No. Estad registrado para votar mientras que usted permanezca en la misma dirección, y usted debe continuar recibiendo los materiales de la elección en el correo. Sin embargo, si usted se traslada a una diversa dirección o no ha votado en el último varias elecciones, usted puede ser enviado un aviso que solicita que usted cualquiera confirma que usted no se ha movido o proporcionar la información actual de la dirección de la residencia. Su registro se puede cancelar si usted falta responder a un correo de  confirmación de la dirección o si usted no ha votado en ninguna elecciones que ocurrían entre la fecha del correo y dos elecciones generales federales consecutivas.

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P: Quisiera registarsme y votar pero soy una figura pública. ¿Mi dirección será hecha público?
C: Usted puede ser declarado un votante confidencial por orden de programa superior de la corte o de el Programa Seguridad en su Casa. Cualquier persona puede tener su dirección de la residencia, número de teléfono y confidencial declarada email address sobre orden de la corte superior, o certificación que la persona es un participante  del Secretario del Estado Direccion Confidencial para  víctimas de la violencia doméstica y del programa de acecho.

  • Cualquier persona concedió secreto bajo estas circunstancias será considerada un votante del ausente para todas las elecciones subsecuentes del condado o hasta el condado es notificado de otra manera por la corte, la secretaria de la oficina del estado o en escribir del votante.

Bajo ley del estado actual, la información del registro del votante es una cuestión de expediente público. El acceso público a la información específica del votante, incluyendo la dirección casera y el número de teléfono sin embargo, es restricto.

Excepciones: La información confidencial del votante está disponible:

  • candidatos;
  • comités de la campaña; y
  • personas autorizadas que usan esta información para los propósitos de la elección, de estudiante, periodísticos, políticos o gubernamentales.

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P: Me hice un “nuevo ciudadano” después del plazo del registro. ¿Puede yo sin embargo registarme para votar?
C:. Las personas que se hacen ciudadanos después del cierre del registro pueden votar solamente en la oficina de las elecciones entre el 14 y 7 día antes de una elección. Los nuevos ciudadanos deben presentar un certificado de la naturalización y declarar que han establecido residencia en el condado de Stanislaus.

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P: ¿Puede un ex-criminal registarse para votar y para ser elegible votar?
C:. Un ex-criminal puede registarse para votar y es elegible votar en elecciones si él/ella no está actualmente en la prisión o en parole para una convicción de crimen.

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P: Me registre en un departamento de la oficina del vehículos de motor (DMV). ¿Por qué el condado dicen que no estoy registrado?
C: Un número de ciudadanos que pensaron que se habían registrado en las oficinas de DMV realmente. aunque comprobaron la caja en la forma de DMV indicando que desearon registrarse para votar, muchos se olvidaron de llenar el formulario unida registro del votante. Registro del votante se debe llenar el formulario y firmar para sentir bien a un votante registrado.

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P: ¿Por qué el DMV se está implicado en el registro del votante?
C: El acto nacional del registro del votante de 1993 (también conocido como votante del motor) permite a personas que dirigen negocio en una oficina de DMV al registro para votar o para poner al día la información del registro del votante.

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P: ¿Puedo firmar una petición si estoy registrado para votar?
C: No. Usted debe ser un votante registrado para que su firma sea válida en una petición. Si usted llena el formulario y firma registro del votante la misma fecha o una fecha antes de firmar la petición, su firma será válida. La necesidad oficial de las elecciones recibe llenada el formulario/firmada del votante registro en o antes de la fecha la petición se archiva con la oficina de las elecciones.

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P: ¿Es verdad que las listas del registro del votante están utilizadas para seleccionar a ciudadanos para el deber del jurado?
C:. Los estatutos del estado de California requieren que las listas de votantes registrados estén proporcionadas a la comisión del jurado que se utilizará para la selección del jurado del deber.

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P: ¿Si cancelo mi registro del votante, puedo estar seguro que no conseguiré un emplazamiento para el deber del jurado?
C: No. El jurado mantiene peticiones de la división una lista de los archivos activos y cancelados del votante. Además, el estatuto del estado de California requiere que las listas de conductores licenciados, obtenidas del departamento de los vehículos de motor (DMV), también estén puestas a disposición del comisión del jurado. Para la información adicional con respecto al registro del votante, vea el “registro del votante” en el Secretario del Condado-Registrador/el Secretario del Web Site de los votantes:

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PREGUNTAS SOBRE VOTO POR CORREO/BALOTAS DE AUSENTE

P: ¿Cómo puedo votar una balota del ausente/del voto por correo?
C: La votación por correo es igual que votando por la balota de ausente. Más bien que yendo al casilla electoral a echar una balota el día de elección, usted puede solicitar una balota del ausente/del voto por correo. Cualquier votante registrado puede solicitar una balota del ausente/del voto por correo. La aplicación es fácil. Seleccione simplemente una de las opciones siguientes:

  • Por correo: 1.) Termine el uso de la balota del ausente/del voto por correo que está en la cubierta trasera de la balota de la muestra (enviada a usted antes de cada elección) y envíe a las elecciones del condado la oficina.

  • Por correo: 2.) Envíe una letra firmada que solicita estado del votante del ausente al Secretario del Condado-Registrador del condado de Stanislaus/al secretario de la oficina de los votantes al 1021 “Calle I”, Suite 101, Modesto, CA 95354.

  • Por fax: El número de fax para el Secretario del Condado-Registrador del condado de Stanislaus/el secretario de la oficina de los votantes es 209-525-5210.
     

  • Si usted se aplica en la escritura o por fax, su petición debe incluir su nombre, su residencia/dirección casera, la dirección del correo donde usted quisiera que su balota de ausente sea enviada y el nombre y la fecha de la elección al cual usted está solicitando. ¡Recuerde firmar y fechar su petición!

  • Por Internet: Descargue y termine un uso de la balota de ausente de nuestro Web Site bajo sección de votación del “ausente”. La información adicional se puede obtener llamando la oficina en 209-525-5200, o 209-525-5230 para ayuda en Español.

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P: ¿Cuándo solicito una balota del ausente/del voto por correo?
C: Usted puede solicitar una balota de ausente:

  • Desde 60 días antes de una elección. A excepción de balotas de ultramar, las balotas de ausente se envían a los aspirantes que comienzan por el primer día legal a enviar, que es 29 días antes de una elección. Las elecciones oficiales no pueden aceptar ninguna usos del correo menos de 7 días (6 o menos días) antes de una elección.

  • Durante los 6 días finales antes de una elección. Si usted hace enfermo, lisiado o encuentre que usted estará lejos de su casilla electoral el día de elección, usted puede votar una balota de ausente de emergencia. Usted puede votar en persona en la oficina de las elecciones o enviar en su petición escrita/firmada para una balota de ausente que autoriza a otra persona a traerle la balota y a volverla a la oficina de las elecciones o a cualquier casilla electoral después de que usted haya votado.

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P: ¿Cuándo es el primer día para solicitar una balota del ausente/voto por correo para una elección?
C: 60 días antes de una elección es el primer día para someter un uso para una elección. Que envía el ausente/voto por correo balotas comienza 29 días antes de la elección.

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P: ¿Cuándo es el día pasado a solicitar un ausente/un voto por correo balota para una elección?
C: 7 días antes de la elección son el día pasado a solicitar un uso de la balota del ausente/del voto por correo para la elección. Sin embargo, si usted hace enfermo, lisiado o encuentre que usted estará lejos de su lugar de la interrogación el día de elección, 6 días antes de una elección, usted puede votar una balota de ausente de la emergencia. Usted puede votar en persona en el Vendedor-Registrador/el secretario de votantes o enviar en escrito/petición firmada que autoriza a otra persona a traerle la balota y a volverla a la oficina de las elecciones o al lugar de la interrogación, después de que usted haya votado.

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P: ¿Cuándo es el ultimo dia para regresar mi balota votada del ausente/del voto por correo?
C: Las balotas del ausente/del voto por correo se deben recibir por el secretario de votantes no más adelante que el cierre de las casillas electorales (8 P.M.) el día de elección. Los matasellos no son aceptables en California.

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P: ¿Cómo regreso mi balota del ausente/del voto por correo el día de elección?
C: Usted puede volverla en persona a cualquier casilla electoral del recinto en su condado o a la oficina de las elecciones del condado antes de las 8:00 P.M. el día de elección. Si, debido a enfermedad o inhabilidad física, usted no puede volver la balota usted mismo, usted puede autorizar, en la escritura, a un esposo, a un niño, a un padre, a un abuelo, a un nieto, a un hermano o a una hermana para devolver la balota a la oficina de las elecciones o a cualquier casilla electoral dentro del condado antes delas 8 P.M. el día de elección.

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P: ¿Hay las circunstancias bajo las cuales un votante puede ser requerido votar una balota del ausente/del voto por correo?
C:. Si un recinto de votación tiene 250 o menos votantes registrados en el 88 día antes de una elección, ese recinto se puede declarar “un recinto de balota de voto por correo” por el secretario de los votantes debido a la indisponibilidad de localizaciones de votación y de oficiales de la elección en los recintos pequeños. Automáticamente enviarán a todos los votantes en tales recintos señalados voto por correo, balotas de voto por correo para esa elección.

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P: Me desafían físicamente/lisiado y debo votar por correo. ¿Tengo que solicitar una balota del ausente/del voto por correo para cada elección?
C: No. Usted puede solicitar para “votante permanente del ausente”. Una vez en archivo como votante permanente del ausente, usted tendrá que no más solicitar las elecciones futuras. Una balota será enviada automáticamente a usted para cada elección. El esposo o la otra persona que reside con usted puede también desear solicitar estado permanente del votante del ausente. Una vez que un votante reciba estado permanente del votante del ausente, él/ella conservará este estado mientras él/ella eche una balota en todas las elecciones estatales. Para la información adicional sobre hacer un votante permanente del ausente, refiera por favor a su librete de la balota de muestra o llame la oficina de las elecciones en 209-525-5200, o 209-525-5230 para la ayuda en Español.

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P: ¿Si solicito una balota del ausente/del voto por correo, puedo cambiar mi opinion y todavía votar en mi casilla electoral?
C: Si.  Pero lleve , por favor su balota del ausente/del voto por correo a su casilla electoral y entregúela a los oficiales de la elección antes de votar una balota regular del recinto. Si usted no tiene su balota del ausente/del voto por correo para entregar, se permitirá echar una balota “provisional” en su casilla electoral.
Su balota provisional será contada después de que el funcionario de las elecciones confirme que usted no votó previamente con una bal